Los asociados tendrán los siguientes derechos:
a) Los Asociados en Activo, titulares y Afiliados podrán asistir a la Asambleas Generales de asociados con derecho a voz y voto.
b) Los Asociados titulares en activo o su cónyuge podrán ser electos para desempeñar cargos en la Mesa Directiva o en el Comité de Vigilancia, cuando tengan una residencia activa de un año en el Fraccionamiento, inmediatamente anterior a la fecha de elecciones. Este derecho igualmente podrá ejercerlo cualquiera de sus hijos mayores de 18 años que hayan tenido su domicilio durante los últimos dos años en el mismo lugar del Asociado titular activo. Sólo una de las personas mencionadas podrá ejercer ese derecho.
c) Los asociados en activo, su cónyuge, o sus hijos mayores de 18 años de edad que vivan en el mismo domicilio del Asociado en activo podrán desempeñar Comisiones o cualquier otra función o encargos que les confiera la Mesa Directiva.
d) Recibir los servicios de la Asociación.
e) Hacer consultas y recibir información sobre las actividades generales o sobre actos específicos de la Asociación.
f) Presentar escrito dirigido a la Comisión de Honor, manifestando su inconformidad por cualquier actuación de la Mesa Directiva, del Comité de Vigilancia o de las Comisiones, que considere lesiona sus intereses, debiendo exponer los motivos debidamente fundamentados y aportar las pruebas pertinentes.
Son obligaciones de los Asociados:
a) Respetar lo dispuesto en estos Estatutos.
b) Cubrir con puntualidad las cuotas que fije la Asamblea General de Asociados.
c) Acatar las decisiones de la Asamblea General de Asociados, de la Mesa Directiva o de la Comisión de Honor.
d) Presentar su último recibo de pago al corriente, mismo que debe estar a nombre del titular, siempre que solicite alguno de los servicios que presta la Asociación o asista a Asambleas Generales o ejerza cualquier otro derecho.